Madrid. 21/07/08. 20.51h. El Tribunal Supremo ha rebajado a seis meses de prisión una condena de tres años y un día de cárcel que la Audiencia Provincial de Cáceres había impuesto en octubre de 2007 al ex alcalde de Alcollarín, Adrián Rodríguez Santos, por un delito de detención ilegal al estimar que había encerrado bajo llave en agosto de 2003 a varios ediles del PP en las dependencias del ayuntamiento.
El ex regidor presentó un recurso de casación ante el Supremo, que el pasado 25 de junio lo estimó en parte. Además, el alto tribunal emitió con la misma fecha una segunda sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que absuelve a Adrián Rodríguez de varios de los delitos que le atribuía el fallo de la Audiencia Provincial.
En concreto, el Supremo absuelve a Rodríguez Santos del delito referido de detención ilegal por el que le cayeron tres años y un día de prisión además de una inhabilitación absoluta de ocho años; también le absuelve de un delito de prevaricación por el que le correspondía una pena de ocho años de inhabilitación especial.
En la sentencia del Tribunal Supremo, el ex primer edil queda como autor de tres delitos de coacciones, a los cuales corresponde una pena de seis meses de prisión y de inhabilitación especial durante el tiempo de condena para el cargo público de alcalde de Alcollarín.
















